Resolución del BCP

A través de las Resolución N° 43, el BCP estableció un marco para los bancos y financieras que ofrecen estos servicios a los usuarios de tarjetas de débito y crédito. Los puntos abordados en el documento
son los siguientes:
CARGOS POR USO DE TARJETAS
Establece que cada entidad financiera deberá contar con una “Política de Cargos Aplicados por la Utilización de Tarjetas”, que deberá contener una exposición sobre la razonabilidad y proporcionalidad de dichos cargos.
TRANSFERENCIA INFORMATIVA
Es obligación del emisor la transparencia informativa para el usuario, tanto en el caso de los contratos, que deberán ser emitidas en dos copias, una para el cliente, y que el tamaño de las letras debe ser como mínimo de 2,5 milímetros; además, obliga a que los extractos mensuales –impresos o en formato electrónico–, registren los detalles de la tasa nominal y efectiva, de las comisiones y cargos cobrados y una advertencia sobre el retraso en el pago mínimo, además de otras informaciones importantes para el cliente.
LÍNEAS DE CRÉDITO
Las líneas de crédito en tarjetas, las emisoras deberán dar aviso previo de por lo menos 45 días al titular, plazo en el cual el usuario tendrá que manifestar su aceptación o rechazo. Los bancos y financieras no podrán
cobrar comisiones o recargos por la cancelación anticipada del saldo adeudado, como así también la exoneración de intereses no devengados.
PÓLIZA DE COBERTURA
El costo de la póliza de cobertura de riesgos inherente a las entidades emisoras de tarjetas de crédito no podrá ser transferido al usuario, de acuerdo con la reglamentación emitida.

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